PADRES DIVORCIADOS EN VACACIONES: PREGUNTAS Y RESPUESTAS

 

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Buenas tardes, aquí os dejo de nuevo un artículo que creo podrá ser de utilidad para estas fechas veraniegas. son todas cuestiones que se han planteado en el despacho y por su reincidencia creo que sería bueno aclararlas

1- ¿Tengo que pagar la pensión por alimentos en verano mientras mi hijo pasa las vacaciones conmigo?

La respuesta es sí. La pensión se devenga en 12 mensualidades independientemente del periodo vacacional que pasen con el progenitor no custodio. Hay gastos de los hijos que son mensuales y otros que no lo son y la pensión se calcula teniendo en cuenta estas circunstancias.

2- La madre mi hijo no para de llamarlo y me lo revoluciona ¿ Puedo restringir las llamadas durante la época en la que esté conmigo? En principio podría solicitarse al Tribunal que restrinja esas llamadas pero ésto es recomendable sólo para casos extremos ya que los jueces no ven con buenos ojos esta iniciativa.

3- Mi exmujer me entrega a mi hijo sólo con lo puesto, nada de mudas ni ropa ni nada ¿Puede hacerlo? No debe hacerlo ya que la contribución de alimentos incluye los gastos de vestido (artículo 142 Código Civil), por lo tanto la ropa deberá ir con los hijos independientemente del progenitor con el que se encuentren.

4- Mi expareja no me deja tener ningún tipo de comunicación con mi hijo, ni me dice dónde ni cómo está durante los 40 días que pasa con ella ¿ Que hay que hacer?

Durante el periodo de vacaciones no se puede impedir el contacto del otro progenitor con los menores, siempre que esté dentro de un orden y no altere el devenir diario de las actividades que realicen. Es muy frecuente pedir al juez que regule esos horarios de contacto. La denuncia no tendría un efecto inmediato pero podría tenerse en cuenta de cara al proceso en el que usted solicitara la fijación de esos horarios.

5- Mi hija, mayor de 18 años lleva varios que no quiere saber nada de su padre, no solamente para pasar un rato conmigo sino para mantenerme informado de su desarrollo académico, ya que está cursando estudios universitarios ¿Sigo obligado a mantener su pensión y sus estudios?

La respuesta es sí. Al ser mayor de edad su hija está en el derecho de establecer con uisted la relación que desee pero usted al ser su padre seguirá obligado al pago de su formación mientras ésta la realice con aprovechamiento. Lo sé, es una situación difícil pero es lo que marca la ley.

 

En fin, por el momento nada más, éstas son ejemplos de preguntas que se escuchan muy a menudo y espero que os hayan servido e utilidad

Para más consultas no dude en contactar con nuetsro despacho a través del correo: martinez.minarro@icamur.org